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lunes, 14 de marzo de 2016

¿A quiénes beneficia la Ley de Amnistía?

Amnistía proviene del griego “oamnestia” que significa olvido. En el ámbito legal, amnistía es un acto jurídico que constituye el olvido legal de los delitos y, por ende, la extinción de las responsabilidades de sus autores. El artículo 2 del proyecto de Ley de Amnistía señala explícitamente que: “se otorga la más amplia amnistía de los hechos considerados delitos, faltas o infracciones mencionados en la presente Ley, cometidos o que puedan  haberse cometido desde el 1 de enero de 1999 hasta la entrada en vigencia de esta Ley”. Ramos Allup afirmó que la Ley no beneficiará a “vagabundos” ¿A quiénes se habrá referido?

(Alexander González) La polémica "Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional" promovida por los parlamentarios opositores en Venezuela genera dudas, sobre todo porque se desconoce en su totalidad quiénes se verán beneficiados de dicho proyecto de ley.

El alegato opositor es que este proyecto jurídico busca beneficiar a las figuras más visibles de la oposición (Leopoldo López, María Corina Machado y Antonio Ledezma) y a otros ciudadanos imputados por diversos delitos “que pudieron haberse cometido como parte de actuaciones que respondieran a una motivación política”, según se lee en el proyecto aprobado ya en primera discusión.

¿Arma de doble filo?
Para algunos juristas la “Ley de Amnistía y Reconciliación”, constituiría un arma de doble filo. Si bien su principal objetivo es buscar la liberación de los dirigentes vinculados a la oposición también hay quienes piensan que promoverá la impunidad, porque cualquier delincuente se valdría de esa ley para que sus delitos puedan ser eliminados. Es decir, esa ley podría acabar con el Estado de Derecho de quienes sufran daños, ataques o cuya vida fue acabada.

A cualquier persona, independientemente del crimen cometido, como secuestro, narcotráfico, corrupción entre otros, se le puede borrar sus delitos y, además, ser olvidados mediante este estatuto que absuelve de culpas a sus autores, tanto materiales como intelectuales, lo que dejaría al país en un estado de vulnerabilidad total.

Desde 1999
Luigino Bracci, articulista de Alba Ciudad, comenta: “la Ley de Amnistía que propone la oposición venezolana en la Asamblea Nacional, y que ya fue aprobada en la primera de dos discusiones, ha sido vendida como una ley con el ‘noble propósito’ de liberar a dirigentes que permanecen encarcelados supuestamente por razones políticas. Alega que busca la ‘reconciliación nacional’. Sin embargo, al leerla puede encontrarse que amnistiará no menos de cincuenta tipos de delitos (...) La ley tampoco se restringe a las ‘guarimbas’ o protestas violentas de 2014: abarca hechos desde 1999, incluyendo el golpe de Estado de 2002 y el paro petrolero de ese mismo año”.

Cinco mil delitos
El instrumento puede favorecer además a cerca de cinco mil imputados por los más diversos delitos (que van desde tráfico de drogas de menor cuantía (Art. 149 y 151 de La Ley Orgánica de Drogas), hasta el uso de menores en la comisión de delitos (Art. 264 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes). La coalición opositora en el hemiciclo impulsa el debate sobre la amnistía como medida de pacificación y reconciliación, según comentó la diputada Delsa Solórzano en la presentación del anteproyecto. Como presidenta de la Comisión de Política Interior ha llevado las riendas de todo lo relacionado con este tema “que no intenta dilucidar quién es el principal factor político causante de la división nacional, sino evaluar si existen las circunstancias que justifiquen adoptar la medida”.

EL DATO: El indulto, a diferencia de la amnistía, es el acto administrativo en el que se le perdona total o parcialmente la pena a una persona o se le cambia por otra más benigna. La amnistía, por el contrario, supone el perdón del delito en sí. El indulto es otorgado a una persona específica, mientras que la amnistía afecta a un grupo de personas. Para la liberación de Leopoldo López (bandera de dicho proyecto de ley), la oposición exige amnistía y no indulto.

¿Perdonarán el terrorismo?
De aprobarse esta ley, liberará también a personas involucradas en el delito de financiamiento al terrorismo, siempre que el acusado se haya expresado políticamente en contra del Gobierno Nacional, o que alguna alta figura del Gobierno se haya pronunciado condenando estos hechos y pidiendo justicia; así lo indica el artículo 20 del proyecto de ley.

CRITERIOS OPUESTOS 

El diputado a la Asamblea Nacional Edgar Zambrano (MUD-Lara) desmintió que esta ley busque favorecer a personas relacionadas con el tráfico de drogas. “Lo que está planteado en el artículo 30, es que se concede amnistía del delito de tráfico de drogas de menor cuantía, haciendo referencia a los jóvenes que fueron detenidos en los campamentos en 2014, a quienes les imputaron ese delito”.

Por su parte, el abogado constitucionalista Jesús Silva consideró que el proyecto se extralimita al plantear “una eliminación del carácter penal de algunos delitos como terrorismo, asesinatos, manifestaciones violentas con heridos graves o fallecidos, siempre y cuando los involucrados en estos hechos digan ser dirigentes o militantes de partidos políticos”. 

Aunque el diputado de la MUD señaló que “se harán las correcciones donde deban hacerse”, Silva insistió en que el proyecto contraviene la Constitución “que en su artículo 29 establece que delitos de lesa humanidad y violación de derechos humanos no pueden ser objetos de beneficios a través de indulto o amnistía”.

Para el abogado la posibilidad de que se implemente una Ley de Amnistía con carácter válido, “radica en que se especifiquen los acontecimientos recientes en la vida política venezolana que tengan una gravedad menor”. 

El parlamentario enfatizó que la Ley de Amnistía es un instrumento “para el perdón y la paz y no una norma para la impunidad como pretenden hacerlo ver quienes endosan unos argumentos prefabricados”.
De ésta aseveración discrepa Silva, quien indicó que “es un proyecto para la eliminación del derecho penal. Ningún estado puede renunciar en aplicar sanciones a quienes cometen delitos”.



La MUD con la vista puesta en Miraflores

La oposición ha dicho que debido al “control institucional” del Gobierno es necesario combinar tres mecanismos diferentes para alcanzar la transición. Analistas políticos dicen que la táctica mixta es una prueba de que la MUD no logró ponerse de acuerdo. Cada una de las estrategias cuenta con pros y contras, y se puede afirmar que representan a cada una de las diferentes tendencias dentro de la oposición

(Alexander González) Lo coalición opositora de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) detalló que utilizará tres vías con el objetivo de desplazar al presidente Nicolás Maduro del Poder Ejecutivo: la presión social para lograr la renuncia, una enmienda constitucional y un referendo revocatorio. Maduro, quien fue electo para el período 2013-2019, ha reiterado que no va a renunciar

Los sectores afectos al Gobierno ven estas propuestas como un llamado a la protesta similar al de 2014, cuando una ola de manifestaciones dejó más de 43 muertos y casi 4 mil detenidos, entre ellos varios dirigentes de la oposición.

¿Por qué ahora?
La oposición argumenta que después de las elecciones parlamentarias del 6 de diciembre, en las que ganaron la mayoría en el Parlamento por primera vez en 17 años, el Gobierno “no ha rectificado” y de ahí “la necesidad” de un cambio de gobierno.
“Nada funciona, todo está mal y nuestros derechos están siendo constantemente pisoteados, mientras persiste el saqueo del dinero y los recursos de los venezolanos”, se lee en un comunicado dado a conocer por la MUD.

La oposición ha afirmado que debido al “control institucional” del Gobierno es necesario disponer de tres mecanismos diferentes para conseguir la transición. Analistas políticos señalan que la táctica mixta es una prueba de que la MUD no logró ponerse de acuerdo. Cada una de las estrategias cuenta con pros y contras, y se puede afirmar que simbolizan a cada una de las diferentes tendencias que hacen vida activa dentro de la oposición.

La renuncia
La renuncia a través de la presión social es apoyada por el ala considerada radical, representada por figuras como Leopoldo López, condenado a más de 13 años de prisión, y María Corina Machado, exdiputada inhabilitada políticamente por la Contraloría.

Esto implica movilizar a todo el país descontento, incluso a aquellos que vienen de militar en el chavismo. Pero hay que tomar en cuenta que la renuncia presidencial depende única y exclusivamente del Presidente, es un acto voluntario, y es necesario recordar que en la última elección parlamentaria del 6 de diciembre de 2015, el chavismo obtuvo poco más del 40% de los sufragios, porcentaje que a criterio de algunos analistas políticos, representa el “voto duro” del Gobierno y sigue siendo una importante e influyente fuerza social.

Los críticos de la propuesta, además, aseguran que Maduro cuenta con el apoyo de instituciones clave que podrían presionarlo para que renuncie, como las Fuerzas Armadas. Según la Constitución, si el presidente renuncia antes del cuarto año de mandato, se deben celebrar nuevas elecciones en menos de 30 días, durante los cuales asume el vicepresidente, quien en este momento es Aristóbulo Istúriz, un chavista considerado moderado. Si es la renuncia es después del cuarto año, el vicepresidente completa el mandato.

La enmienda constitucional
Este mecanismo busca que se acorte el período presidencial de seis a cuatro años y se derogue la reelección inmediata, que se aprobó por referendo en 2009, cuando el fallecido presidente Hugo Chávez estaba en el poder. La idea de la enmienda constitucional la lanzó el presidente de la Asamblea Nacional, Henry Ramos Allup.

Sus partidarios argumentan que es el método más simple, porque sólo debe ser aprobado por una mayoría simple del Parlamento, que la oposición tiene cómodamente. Luego de la aprobación en la Asamblea, el Consejo Nacional Electoral (CNE) en teoría debe convocar a un referendo, que por ser una enmienda sólo necesita de la aprobación de 30% del registro electoral, un requerimiento menos complejo que el exigido por un revocatorio.

Los críticos de esta propuesta dicen que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) puede bloquearla alegando que se trata en realidad de una reforma constitucional y no una simple enmienda. En ese caso, se requeriría la aprobación de dos tercios de la Asamblea, que según el mismo TSJ la oposición ya no tiene desde que fue suspendida la toma de posesión de cuatro diputados impugnados.

La enmienda también se somete a un debate sobre si entra en vigor luego o durante el mandato de Maduro, el cual se definirá en el TSJ. Esta propuesta es liderada por el excandidato presidencial Henrique Capriles y el diputado Julio Borges.

El revocatorio
Según la Constitución, el presidente puede ser revocado por medio de un referéndum cuando cumpla la mitad de su mandato. Y eso ya presenta una incógnita que tendrán que resolver el TSJ o el CNE: ¿cuándo se empieza a contar el inicio del mandato de Maduro?
El presidente fue elegido, de acuerdo a la Constitución, para completar el mandato de Chávez. Así que hay tres respuestas: cuando Chávez fue reelecto (12 de octubre de 2012), cuando Chávez debía haber sido posesionado (10 de enero de 2013) o cuando Maduro se posesionó tras la muerte de Chávez después de las elecciones con Capriles (19 de abril de 2013).

El referendo implica que una organización de casi 200 mil ciudadanos (1% del registro electoral) solicite la activación de la consulta popular. Luego esa agrupación debe recoger en tres días casi 4 millones de firmas (20% del registro electoral).

Si el CNE certifica esas firmas, convoca a un referendo, en el que –para ser aprobada la propuesta– el "sí" debe superar los votos que eligieron a Maduro: poco más de 7 millones y medio de votos (según las Normas para Regular los Referendos Revocatorios vigente publicada en Gaceta Oficial del CNE con la resolución Nº 070327-341 el 27 de marzo de 2007). Esta es la vía más dispendiosa para sacar Maduro, pero sus partidarios dicen que tiene la ventaja de que no depende del TSJ ni de las Fuerzas Armadas, sino que le da a los venezolanos el poder de derrocar al presidente. Y hay que tomar en cuenta que ya la AN adelanta un proyecto de Ley Orgánica de Referendos, que puede modificar las normas vigentes.

¡Cordura por favor!
Venezuela pasa por la peor crisis económica de su historia reciente, que se ha agravado por la caída del precio del petróleo. Mucho se especula sobre un eventual escenario de estallido social similar a “El Caracazo”. Las voces de llamado a la cordura no dejan de sonar. El nivel de paciencia que han tenido los venezolanos ante sus dirigentes es una muestra de que el país quiere salir de este contexto elevando la bandera de la paz. El llamado es a los políticos: ¡cordura por favor!